24.4.17

¿Lobbies en Proinversión?

Germán Alarco
(Diario Uno, 21/4/2017, p.18)

Es evidente que el medio principal, no el único, para la corrupción de los últimos tiempos ha estado estrechamente vinculado con las Asociaciones público privadas (APP). También hay que reconocer que si bien estas hicieron posible una razonable prestación de servicios respecto de la caótica década de los ochenta, la mayoría tuvo problemas y enfrentan limitaciones para el futuro. La lista de APP con problemas es larga: aeropuerto de Chinchero, Gasoducto Sur Andino, IIrsa´s, Línea 2 del Metro, Terminal Norte y Sur del Puerto del Callao, vía urbana de Puente Piedra, entre otras. El Decreto Legislativo 1251 y su reglamento deberían ser útiles para mejorar los problemas estructurales del sistema y hacer frente a la corrupción.

Hay algunas mejoras como la relativa a reducir el número de adendas dentro de los tres primeros años del contrato. Ahora sólo se podrían realizar por errores materiales, aspectos operativos que impidan la ejecución del proyecto y otros hechos imprescindibles (¿?). También hay avances al precisar procedimientos, promover un mayor rol para los gobiernos regionales y locales, incluir una cláusula anticorrupción en los contratos y el plan nacional de infraestructura. Solo hay promesas cuando se señala que se plantearían reglas que reduzcan al mínimo los espacios para ofertas temerarias o colusión de postores.

Las normas hacen agua al formalizar el abandono de la práctica internacional del comparador público-privado (CPP) que selecciona la alternativa de mejor calidad al menor costo. Ahora se supone equivocadamente que la APP es superior a su opción como obra pública. El CPP se sustituye por unos criterios de elegibilidad difusos que antes elaboraba el MEF y ahora prepararía Proinversión en un claro conflicto de interés. ¿Se trata de colocar proyectos o priorizar el interés público? Por otra parte, se abre la puerta a los lobbies cuando la mitad de los miembros de su Consejo directivo no serían funcionarios públicos: ¿qué garantiza que representen el interés público? Para remate se formaliza que consultoras privadas puedan realizar hasta el informe de evaluación de los proyectos. En otros lugares eso sería responsabilidad de las autoridades respectivas.

No se mejoran las funciones de Proinversión y se ignora al Ceplan. Se soslaya el proceso de selección de las mejores opciones tecnológicas. No se establece un sistema de información con parámetros comparativos de costos y componentes de inversión. No hay obligatoriedad para las evaluaciones ex post, ni se insiste en la incorporación de indicadores para mejorar la calidad de los servicios. La opinión de los organismos reguladores nos es vinculante. Los problemas con el registro de pasivos en firme y contingentes se mantienen, entre otros. ¿La fiesta continua?

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