22.8.17

¿Mejora regulatoria o desregulación?

Germán Alarco
(Diario Uno, 18/8/2017, p. 9)

El gobierno acaba de publicar el Reglamento y Manual para la aplicación del Análisis de la Calidad Regulatoria. Estos precisan los contenidos del Decreto Legislativo 1310 sobre medidas adicionales para la simplificación administrativa expedido en diciembre de 2016. A primera vista parecen razonables ya que la facilitación de trámites para los ciudadanos y las empresas, por lo general, es positiva. Sin embargo, una revisión más detallada de las últimas disposiciones de julio y agosto de 2017 revelarían una perspectiva desreguladora que podría tener impactos negativos sobre la sociedad y la economía.

Los problemas surgen cuando el reglamento no considera los criterios de evaluación para los procedimientos administrativos establecidos en el DL 1310. Al respecto, en este último se incorporaban los principios de costo beneficio, necesidad, efectividad y proporcionalidad (artículo 2.2). En cambio, en el reglamento y manual recientes sólo se plantean los principios de legalidad, necesidad, efectividad y proporcionalidad (artículo 5). Efectivamente, todo procedimiento administrativo genera una carga administrativa en el regulado pero toda norma debe evaluarse respecto de los beneficios que podría generar para toda la sociedad en su conjunto. ¿El análisis legal sustituye al de costo beneficio?

El artículo 3.2 del reglamento continúa distorsionando el contenido del DL 1310 al extender su objetivo de identificación, reducción y eliminación de normas a todas aquellas que permitan la reducción de las cargas administrativas. En el artículo 2.1 del DL 1310 no se hacía mención a este punto, circunscribiéndose a los procedimientos que resultasen innecesarios, innecesarios, injustificados, desproporcionados o redundantes; aunque peligrosamente cancelaba los que no se adecuen a la Ley de procedimiento administrativo general. ¿Por qué no adecuarlos primero antes de cancelarlos? ¿se trataría simplemente de reducir costos o de mejorar la calidad regulatoria de las normas vigentes y nuevas?

En la introducción del manual se menciona que la evaluación se realizaría mediante un proceso en dos ciclos: estimación de los costos de tiempo y dinero de las cargas administrativas y luego gradualmente de evaluación de impactos y análisis costo beneficio. Sin embargo, en el resto del documento no hay referencia alguna a este segundo ciclo de evaluación. Se detalla un aplicativo informático, pero no hay mención alguna a la necesidad imprescindible de diseñar una metodología para estimar también el valor presente de los beneficios que generaría cualquier norma regulatoria. Se requiere de una visión integrada de beneficios y costos, elevando los primeros y reduciendo los segundos. Estas disposiciones son antitécnicas y peligrosas para toda la sociedad.

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