6.6.18

MEF desenfocado

Germán Alarco
Diario Uno, 1/6/2018, p. 10.

A pesar que los ajustes a los impuestos selectivos al consumo (ISC) no parecían inadecuados están generando reacciones adversas. No hay que preocuparse mucho, por razones obvias, de las quejas de los gremios empresariales. Sin embargo, los nuevos ISC a los combustibles (especialmente diesel) cuando los precios internacionales del petróleo y derivados están subiendo fue una medida inoportuna que afecta más al interior del país al avivar la especulación. Una medida complementaria inmediata del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) sería reducir las devoluciones de tributos con impactos inexistentes sobre los precios, ingresos y la producción. Para 2017 estas devoluciones ascendieron a S/. 16,268 millones equivalentes al 2.3% del PBI.

El crecimiento de estas devoluciones de tributos ha sido vertiginoso. De acuerdo a la Sunat en 2002 eran de S/. 2,593 millones creciendo a una tasa de crecimiento promedio anual del 13% hasta 2017, claramente superior a la inflación y a la expansión del PBI. El mayor incremento se observó en 2016 con una variación de 44% respecto a 2015. Por sectores productivos no hay sorpresas. La minería con S/. 6,144 millones, el comercio con S/. 3,449 millones, la manufactura con S/. 3,406 millones y los servicios con S/. 1,695 millones. El 65% de las devoluciones son por el IGV a las compras internas de bienes y servicios que se exportan y que corresponden a S/. 10,465 millones en 2017. El segundo concepto es la devolución de impuestos a la importación (Drawback) por S/. 836 millones.

Frente a este problema es urgente que el Congreso de la República a solicitud del MEF derogue algunos incisos del artículo 2 del Decreto Legislativo 708 de 1992. Nos referimos principalmente a la deducción de tributos internos, el impuesto a los dividendos (y no a la renta) y las inversiones deducibles de la renta imponible de manera inmediata. Las condiciones del país no son las de 1992. La devolución del IGV por operaciones internas es cuestionable y más cuando se trata del sector minero. En otras economías cada impuesto es un compartimento estanco: no se puede deducir el IGV pagado del impuesto a la renta.

El colega Manco Zaconetti señala que algunas empresas mineras están desarrollando malas prácticas para deducir el IGV. Entre estas destacan las operaciones entre empresas vinculadas o de fachada, la venta interna para posteriores exportaciones inmediatas, entre otras. La Sunat debe despertar. Otra ruta complementaria sería la de restablecer el régimen de las regalías mineras con base al valor de la producción bruta y no a los ingresos operativos netos como se hizo a finales de 2011. Hay que revisar los impuestos a los juegos de casinos y tragamonedas, a los activos, prediales y aportaciones sectoriales de tributos y PBI.

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