19.6.17

Sabotaje fallido contra Petroperú

Germán Alarco
(Diario Uno, 16/6/2017, p.10)

Durante las dos últimas semanas circularon muchos comentarios negativos en contra del Proyecto de la Refinería de Talara. Fue una campaña que se inició con el Pdte. del BCRP seguida por algunos académicos. El mismo día lunes en que se realizaba la colocación internacional de bonos por US$ 2,000 millones, se difundió una nueva calificación sobre Petroperú por parte de una empresa calificadora de riesgos propiedad de la mayor empresa consultora privada local (una insignificante reducción de AA+ a AA-) y siguió con una intimidante nota de prensa de la Contraloría General de la República (CGR), amplificadas por los poderes mediáticos. Para buena suerte de todos, los inversionistas internacionales no les hicieron mucho caso. La colocación fue exitosa pero poco difundida.

Los primeros dardos envenenados fueron del titular del BCRP. Afirmó que este proyecto no va a reactivar la demanda interna, lo cual es obvio. Cuestionó su rentabilidad financiera sin tener la información. La generación de valor agregado interno, la seguridad energética y la casi nula probabilidad de que bajen los precios de los combustibles en caso que se importen totalmente están fuera de su paradigma. En la misma línea, los académicos repitieron argumentos como el de la reducida producción de petróleo crudo en la selva. Se olvidaron de las numerosas evidencias internacionales que los contradicen, de cómo opera la industria y de su naturaleza integrada (al menos se debe producir y refinar al mismo tiempo). Coincidimos con ellos en los graves descuidos que han elevado la inversión total y la ligereza con que se manejan las cifras.

La nota de prensa de la CGR se hizo, al parecer, para espantar a los inversionistas internacionales y a los funcionarios públicos locales. En esta se señaló que el informe previo ya se emitió, pero que no fue factible verificar la inversión integral que requiere el proyecto (¿?). Asimismo, que la empresa no cumplió con presentar el escenario financiero que considere la mayor inversión y no hay pronunciamiento alguno sobre las comisiones que tendría que pagar Petroperú.

La CGR se extralimitó en sus funciones. Efectivamente el inciso I del artículo 22 de la Ley 27785 señala que debe informar previamente sobre las operaciones, fianzas, avales y otras garantías que otorgue el Estado que comprometa su crédito o capacidad financiera, incluyendo a las empresas estatales. Sin embargo, el reglamento asociado a ese inciso precisa en su primer artículo que dicho informe previo tiene por propósito cautelar que dichas operaciones cuenten con la documentación sustentatoria respectiva y las opiniones favorables de las unidades orgánicas o entidades competentes en los aspectos técnicos, financieros y legales que correspondan. La evaluación financiera y técnica del proyecto no le corresponde. No nos asustemos.

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