9.11.15

Mal Gobierno Corporativo


Germán Alarco
(Diario Uno, 6/11/2015, p.18)


Recientemente han salido a la luz pública diversos casos de atropellos a los intereses de los accionistas minoritarios en diversas firmas nacionales. Se trata de un fenómeno internacional que se agrava aquí por la falta de un marco normativo adecuado en defensa de los inversionistas de menor cuantía. Un caso es el de Repsol, grupo de control de Relapasa (Refinería la Pampilla) respecto de sus accionistas minoritarios; otro del Grupo Lindley (Inka Kola) y Arca Continental contra los dueños de las acciones de inversión; y en menor medida el de los accionistas principales de Sociedad Plural TV (Canal 4 y N) respecto del Grupo La República titular del 30% de las acciones en esa empresa.

No son casos iguales pero comparten elementos en común. En el primer caso se trata de una sociedad anónima abierta cuyas acciones se negocian en la bolsa de valores y en los otros dos de empresas cerradas. Según los accionistas minoritarios de La Refinería de La Pampilla se les afectan tanto por operaciones continuas de compra de petróleo y combustibles por encima de los precios internacionales (sobrevaluación que transfiere recursos a la matriz española) y por la recompra de acciones a precios irrisorios. En el otro caso, los accionistas de inversión de Inka Kola no se han visto beneficiados por la venta de acciones a Arca por el menor valor de las mismas, y la entrega de dinero y activos que sólo benefician al grupo familiar. La familia dominante de Canal 4 no quiere que la empresa se convierta en una sociedad anónima abierta perjudicando el valor de las acciones del minoritario.

Todo esto puede ocurrir en el Perú porqué los principios de Buen Gobierno Corporativo (BGC) no son mandatarios, sino de cumplimiento voluntario. Sólo las empresas que cotizan en la bolsa de valores deben informar el grado de adhesión a dichos principios. Los principios se refieren a los derechos de los accionistas, deberes y obligaciones de los directores, riesgos y de transparencia. En la primera sección se promueve que no existan diferencias entre tipos de acciones, todos se deben beneficiar por una venta de la empresa a terceros, se establecen procedimientos para evitar la dilución de los aportes de los accionistas minoritarios y se fija al arbitraje para solucionar controversias entre los accionistas, entre otros elementos.

Tampoco la Defensoría de la Superintendencia del Mercado de Valores tiene las funciones y capacidad para resolver estas controversias. Los principios de BGC deben ser obligatorios y punibles para toda empresa, salvo declaración expresa total o parcial en contra en el Estatuto Social. Sólo de esa forma se pueden llegar a solucionar los conflictos. La igualdad entre los inversionistas es clave para la inversión y una sociedad más equitativa.

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