3.11.14

La extrema pobreza y los derechos humanos

Naciones Unidas

Resumen:

El presente informe se centra en la realización del derecho a la protección social mediante la adopción de niveles mínimos de protección social por todos los Estados. La Iniciativa sobre un Nivel Mínimo de Protección Social, que ha recibido un apoyo muy amplio, tiene por objeto garantizar unos ingresos básicos y el acceso a servicios sociales esenciales para todos. En el informe, el Relator Especial examina las razones por las que la protección social ha estado marginada durante la mayor parte del siglo XX, describe la evolución del concepto del nivel mínimo de protección social y señala sus características fundamentales. Si bien las organizaciones internacionales han desempeñado una función importante, las iniciativas de protección social de los países del Sur Global también han sido catalizadores indispensables. 

En el informe, el Relator Especial examina los principales desafíos que deben afrontarse para que la iniciativa tenga éxito. Entre ellos están el de superar la ambivalencia de los principales agentes internacionales, y especialmente el Banco Mundial, hacia el concepto; la falta de un reconocimiento jurídico suficiente de la protección social como derecho humano; y las dudas sobre la asequibilidad del nivel mínimo de protección social. El Relator Especial sostiene que el proyecto de documento del Grupo de Trabajo de Composición Abierta de la Asamblea General sobre los Objetivos de Desarrollo Sostenible de 19 de julio de 2014 es una gran decepción en cuanto a su enfoque sobre los derechos humanos y la protección social. 

En el informe se exhorta a los grupos de la sociedad civil que operan en la esfera de los derechos humanos a que colaboren con la Iniciativa de una forma nueva, y al Banco Mundial a que adopte un nuevo enfoque y le preste un apoyo genuino. También se sugiere que el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y los titulares de mandatos de procedimientos especiales colaboren más con la Iniciativa. El autor concluye que la promoción universal del derecho a la protección social, mediante la adopción de niveles mínimos de protección social e iniciativas estrechamente relacionadas emprendidas dentro de un marco basado en los derechos humanos, debe convertirse en un objetivo fundamental para todos los agentes del contexto de los derechos humanos y el desarrollo. No solo debe considerarse que es una iniciativa destinada a promover los derechos económicos, sociales y culturales, sino también que tiene un gran potencial para mejorar el disfrute de los derechos civiles y políticos de cientos de millones de personas de todo el mundo.

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